CATEGORÍAS ABIERTA Y ESPECÍFICA DE LA NORMA EUROPEA

Operaciones en Categoría Abierta

La categoría ‘abierta’ engloba las operaciones con UAS que suponen un riesgo bajo y a su vez se divide en tres subcategorías: A1, A2 y A3.

Todas las operaciones en categoría abierta se realizan con UAS con etiqueta de clase C1, C2, C3, o C4 o que cumplen con los requisitos del periodo transitorio (art. 20 y 22 del Reglamento 947), con un peso máximo al despegue de 25 kg, a una distancia segura de personas, sin sobrevolar en ningún caso concentraciones de personas, siempre en línea de vista del piloto (VLOS) a una altura máxima de 120 m sin transportar mercancías peligrosas ni dejar caer ningún material.

¿Qué se puede hacer en la categoría Abierta?

Subcategoría A1:

Aeronaves con un peso inferior a 900 gramos y velocidad máxima de 19 m/s (68,4 Km/h), sin sobrevolar concentraciones de personas o personas ajenas a la operación. Durante el periodo de transición de la normativa (hasta el 1 de Enero de 2023) podrás operar drones sin marcado de clase de hasta 500 gr.

Subcategoría A3:

Aeronaves de construcción privada con un peso inferior a 25 kg, aeronaves con marcado de clase C2 (inferior a 4 kg), marcado C3 (inferior a 25 kg) o marcado C4 (inferior a 25 kg para aeromodelismo). En todos los casos en zonas donde no se ponga en riesgo a ninguna persona no participante en la operación, y a una distancia horizontal de seguridad mínima de 150 m de zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas. Durante el periodo de transición (hasta el 1 de Enero de 2023) podrás operar drones sin marcado de clase de hasta 25 Kg.

Subcategoría A2:

Aeronaves con marcado de clase C2 con un peso inferior a 4 kg siempre que realicen operaciones manteniendo una distancia de seguridad de al menos 30 m respecto a personas ajenas a la operación (o 5 m si el UAS está equipado con un modo de baja velocidad). Durante el periodo de transición (hasta el 1 de Enero de 2023) de la normativa podrás operar UAS sin marcado de clase con peso inferior a 2 kg, si se opera a una distancia horizontal mínima de 50 m de las personas.

Operaciones en Categoría Específica

La categoría "específica" comprende aquellas operaciones de UAS con un riesgo medio que no pueden realizarse en categoría abierta:

  • Vuelos BVLOS (Beyond Visual Line of Sight) o más allá de la línea visual.
  • Operaciones a más de 120 metros de altura.
  • Drones de más de 25 kg.
  • Vuelos urbanos con drones de más de 4 kg o sin marcado CE.
  • Arrojo de materiales.
  • Vuelo sobre aglomeraciones de personas, etc.

Se pueden realizar operaciones en modo autorización operacional, en cuyo caso hay que pedir autorización a AESA para ese tipo de vuelo; y se pueden realizar operaciones en modo declarativo, haciendo declaración responsable según los llamados escenarios estándar (STS). Actualmente hay dos: STS-01 y STS-02

¿Qué se puede hacer en la categoría Específica - Escenarios Estandar STS?

STS-01: Operaciones VLOS (dentro de la línea de visión del piloto) en un área terrestre controlada en entorno urbano con drones (UAS) con identificación de clase C5.

En esta subcategoría se podrán realizar operaciones:

  • Vuelos en VLOS (manteniendo el dron a la vista)
  • Se realizarán sobre una zona terrestre controlada
  • Velocidad máxima 5 m/s
  • NO sobrevolar "concentraciones de personas"
  • NO transportar mercancías peligrosas
  • Prohibidas operaciones autónomas o en enjambre
  • Peso máximo 25 Kg

STS-02: Operaciones BVLOS (más allá de la línea de visión del piloto) sobre una zona terrestre controlada en un entorno escasamente poblado con UAS que dispongan de identificación de las clases C6.

  • Se podrán realizar vuelos en BVLOS (perdiendo el dron de vista)
  • Sobre una zona terrestre controlada en entorno poco poblado
  • En zonas con visibilidad de vuelo superior a 5 km
  • Con observadores, alejamiento máximo a 2 km del piloto
  • NO transportar mercancías peligrosas
  • Prohibidas operaciones autónomas o en enjambre
  • Peso máximo 25 Kg

Nota: De manera transitoria, actualmente existen los escenarios estándar nacionales STS-ES de acuerdo a la resolución de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (STS-ES-01 y STS-ES-02)